Frente a la ley dominica
Sanatorio, California,
17 de agosto de 1902.
Estimado hermano,
Voy a tratar de contestar a su pregunta sobre lo que deberá hacer
en caso de que las leyes dominicales sean sancionadas. Hablaré
conforme a la luz que el Señor me diera cuando esperábamos una
crisis análoga a la que parece confrontaros ahora. Cuando el mun-
do, impulsado por una fuerza infernal, quiera hacer obligatoria la
observancia del domingo, los adventistas del séptimo día deberán
dar prueba de sabiduría, abstenerse de hacer trabajos comunes en
domingo y dedicar ese día al trabajo misionero.
Desafiar las leyes dominicales no haría más que fortalecer el
espíritu perseguidor de los fanáticos que se esfuerzan por hacerlas
ejecutar. No les déis ocasión de llamaros violadores de las leyes.
Si no les dejáis otra tarea que la de refrenar a hombres que no
temen a Dios ni al hombre, dicha tarea no tardará en perder su
novedad para ellos, y verán que no les resulta lógico ni conveniente
ser estrictos en lo que concierne a la observancia del domingo.
Proseguid vuestro trabajo misionero, con la Biblia en la mano, y el
enemigo caerá en la cuenta de que derrotó su propia causa. No se
recibe la marca de la bestia por manifestar prudencia al conservar
la paz absteniéndose del trabajo que ofende y consagrándose a una
obra de las más importantes.
Consagrar el domingo al trabajo misionero es arrancar el látigo
de las manos de los fanáticos arbitrarios, cuyo placer sería humillar
a los adventistas del séptimo día. Cuando vean que dedicamos los
domingos a visitar a la gente y explicarles las Escrituras, compren-
derán que es inútil querer detener nuestra obra por medio de leyes
dominicales.
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El domingo puede dedicarse a diversas actividades que lograrán
mucho resultado para Dios. Pueden celebrarse reuniones al aire libre
Testimonios para la Iglesia 9:232-238 (1909)
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