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Testimonios para la Iglesia, Tomo 7
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El cristiano debe constituir un beneficio para los demás. De este
modo se beneficia a sí mismo. “El que saciare, él también será sacia-
do”.
Proverbios 11:25
. Esta es una ley de la administración divina,
una ley mediante la cual Dios se propone mantener las corrientes de
la beneficencia en circulación constante, como las aguas del gran
océano regresan perpetuamente a su fuente. El poder de las misiones
cristianas se halla en el cumplimiento de esta ley.
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He sido instruida acerca de que dondequiera que la gente se
haya sacrificado y haya realizado esfuerzos urgentes para proveer
medios para el establecimiento y el avance de la causa, y el Señor
haya prosperado la obra, la gente de dichos lugares debiera a su
vez proporcionar los medios necesarios para sostener a sus siervos
que han sido enviados a nuevos campos. Dondequiera que se haya
establecido la obra sobre una buena base, los creyentes debieran
considerarse bajo la obligación de ayudar a los que tienen necesi-
dades, transfiriendo, aun al costo de un gran sacrificio, una parte
de los medios -o la totalidad- que en años anteriores se invirtió en
favor del establecimiento de la obra en su propia localidad. De este
modo el Señor se propone hacer crecer su obra. Este es el correcto
lineamiento de la ley de la restitución.
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