Página 306 - Consejos sobre Mayordom

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Capítulo 63—La mayordomía es una
responsabilidad personal
Los padres deberían ejercer el derecho que Dios les ha dado. Él
les confió los talentos que desea que utilicen para su gloria. Los hijos
no debían hacerse responsables de los talentos del padre. Cuando los
padres aún gozan de sus facultades mentales y de un buen juicio, con
oración y consideración y con la ayuda de los consejeros debidos con
experiencia en la verdad y un conocimiento de la voluntad divina,
deberían disponer de sus bienes.
Si tienen hijos afligidos o que luchan en la pobreza, y que harán
un uso juicioso de los recursos, éstos deberían ser tomados en cuenta.
Pero si tienen hijos que no son creyentes y que poseen abundancia de
las cosas de este mundo, y que sirven al mundo, cometen un pecado
contra el Maestro que los ha hecho mayordomos suyos si colocan
recursos en las manos de éstos nada más porque son sus hijos. Los
derechos de Dios no deben considerarse livianamente.
Y debería comprenderse claramente que no porque los padres
hayan hecho su testamento esto debe privarlos de dar recursos a
la causa de Dios mientras viven. Deberían hacerlo. Deberían tener
la satisfacción aquí, y la recompensa en el más allá, de disponer
mientras viven de los recursos que tienen en exceso. Deberían ha-
cer su parte para promover la causa de Dios. Deberían utilizar los
recursos que su Maestro les ha prestado para llevar a cabo la obra
que necesita hacerse en su viña. El amor al dinero está a la raíz
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de casi todos los delitos cometidos en el mundo. Los padres que
retienen egoístamente sus recursos para enriquecer a sus hijos, y que
no ven las necesidades de la causa de Dios ni las alivian, cometen un
terrible error. Los hijos a quienes piensan bendecir con sus recursos
son maldecidos con ellos.
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